POL
¿Acepta la siguiente modificación de la Ley de Liberalización y Privatización del Sector Público?

La siguiente enmienda a la Ley de Liberalización y Privatización de Servicios Públicos se ha tramitado por el trámite de urgencia y lectura única. Pasadas 24 horas del inicio del debate se procede a su votación de conformidad con el artículo 27 de la Ley del Parlamento.

Se propone a los señores diputados la introducción de una serie de disposiciones transitorias que cubran el vacío legal producido por la LLPSP, así como una disposición adicional única que favorezca el acceso de los empleados públicos al trámite concursal.

[b]Disposición transitoria primera:[/b]

1. El cuerpo docente de Pol está formado por un decano y un profesor. En el periodo de transición el Gobierno queda facultado para designar decano por oposición. Este a su vez profesores por oposición.

2. El cuerpo policial de Pol está formado por un comisario y un policía.En el periodo de transición el Gobierno queda facultado para designar comisario por oposición, y éste a su vez policía por oposición.

[b]Disposición transitoria Segunda:[/b]

1. Las funciones del cuerpo docente de Pol en la etapa de transición será: el decano se encarga de la supervisión del profesorado y la gestión del tiempo de duración, extensión y temario de los exámenes, así como la nota de corte y la anulación y creación de preguntas.
El profesor ejercer la docencia bajo la supervisión del decano, encargándose de la edición de exámenes, mediante la creación de preguntas y la eliminación de aquellas que hubieran creado ellos mismos y desearan retirar.

2. Las funciones del comisario y de los policía se regulan en la Ley de Policía.

[b]Disposición transitoria tercera:[/b]

1. Se habilita a cesar a los profesores y decanos de sus cargos, de conformidad con la Ley de Empleo e Incompatibilidades, cuando el Gobierno promulgue un nuevo modelo educativo y hubiese adjudicado en los términos previstos en esta Ley una empresa. El Decano cesará a los profesores de sus cargos y posteriormente el Gobierno cesará al decano.

2. Se habilita a cesar a los policías y comisario de sus cargos, de conformidad con la Ley de Empleo e Incompatibilidades, cuando el Gobierno promulgue un nuevo modelo policial y hubiese adjudicado en los términos previstos en esta Ley una empresa concesionaria. El comisario cesará a los policías de sus cargos y posteriormente el Gobierno cesará al comisario.

[b]Disposición transitoria cuarta:[/b]

Las disposiciones transitorias expuestas quedan derogadas cuando el Gobierno publique el correspondiente Decreto de funcionamiento de la educación en Pol y el correspondiente Decreto de funcionamiento de la policía de Pol y hubiese adjudicado dichas competencias a una concesionaria.

Si sólo hubiese sido privatizado el sector educativo de Pol quedarán derogados los numerales primeros de las disposiciones transitorias.

Si sólo hubiese sido privatizado el sector policial de Pol quedarán derogados los numerales segundos de las disposiciones transitorias.

[b]Disposición adicional única[/b]

El Gobierno valorará los empleados públicos en la baremación de méritos de tal forma que esta suponga, al menos, un tercio del baremo total en el concurso de méritos.

Debate: aquí.

Resultado
Escrutinio
EscrutinioVotos
A favor 3 100.00%
 
En contra 0 0.00%
 
En Blanco0
Legitimidad: 3 votos, 0 autentificados.
Validez: OK 100.0%
Validez
Parlamento
DiputadoVotoMensaje
EltomashilloNingunoA favor
TheomoroNingunoA favor
LectorNingunoA favor
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