POL
¿Acepta la derogación del siguiente artículo de la Constitución?

Se propone derogar la articulo 30 de la Constitución.

Artículo 30.- El Gobierno puede promulgar decretos sobre cuestiones de su competencia. Éstos se invalidan automáticamente en los siguientes casos:
a) Si el Gobierno invade competencias de otro poder del Estado o nivel administrativo
b) Si un miembro del Gobierno invade las competencias asignadas a otro miembro

Resultado
Escrutinio
EscrutinioVotos
A favor 3 100.00%
 
En contra 0 0.00%
 
En Blanco0
Legitimidad: 3 votos, 0 autentificados.
Validez: OK 100.0%
Validez
Parlamento
DiputadoVotoMensaje
TheomoroNingunoA favor
Victor_DanielNingunoA favor
EltomashilloNingunoA favor
Argumentos