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Se propone derogar la articulo 30 de la Constitución. Artículo 30.- El Gobierno puede promulgar decretos sobre cuestiones de su competencia. Éstos se invalidan automáticamente en los siguientes casos: a) Si el Gobierno invade competencias de otro poder del Estado o nivel administrativo b) Si un miembro del Gobierno invade las competencias asignadas a otro miembro