POL
¿Refrenda usted la siguiente derogación del artículo 30 de la Constitución?

Se propone derogar la articulo 30 de la Constitución.

Artículo 30.- El Gobierno puede promulgar decretos sobre cuestiones de su competencia. Éstos se invalidan automáticamente en los siguientes casos:
a) Si el Gobierno invade competencias de otro poder del Estado o nivel administrativo
b) Si un miembro del Gobierno invade las competencias asignadas a otro miembro

Resultado
Escrutinio
EscrutinioVotos
A favor 13 86.67%
 
En contra 2 13.33%
 
En Blanco1
Legitimidad: 16 votos, 1 autentificados.
Validez: OK 93.8%
Validez
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