POL
¿Acepta la siguiente modificación de la Ley del Poder Judicial?

Artículo 1. Del Tribunal Supremo de Polesia

El Tribunal Supremo de Polesia es la institución judicial única del Estado, encargada de administrar justicia. Está constituido por dos salas: (1) Sala de Justicia y (2) Sala de Apelación; y conformado por los Magistrados y los Fiscales.
Habrá un mínimo de dos Magistrados, nombrados de acuerdo a la Constitución, que actúan indistintamente como miembros de ambas salas. El cargo de Magistrado es vitalicio, no pudiendo ser separado, suspendido o trasladado del mismo salvo por renuncia, muerte, sentencia de inhabilitación firme o ausencia que supere las 72 horas.
Actúa como Presidente el Magistrado con mayor antigüedad, con funciones de representación del Poder Judicial. A tal efecto queda por la presente facultado para mediante las debidas resoluciones suplir lo dispuesto en esta ley.
El Ministerio Fiscal está constituido por un mínimo de un Fiscal. Los Fiscales son nombrados por el Consejo Nacional tras su propuesta por el Presidente de la República y pudiendo ser separados del cargo por el Consejo Nacional a propuesta de uno de sus miembros y mayoría simple favorable con un quórum mínimo de 3 consejeros.

Resultado
Escrutinio
EscrutinioVotos
Si 4 100.00%
 
No 0 0.00%
 
En Blanco
Legitimidad: 4 votos, 0 autentificados.
Validez: OK 100.0%
Validez
Parlamento
DiputadoVotoMensaje
ByzantiumNingunoSi
ChiribitoPCSi
AlphavileNingunoSi
TheomoreNingunoSi
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