Chiribito
Artículo 3. a. Son incompatibles entre sí todos los cargos públicos a excepción de la pertenencia a la asamblea y/o al consejo nacional, así como su Presidencia, que serán compatibles con todos los cargos públicos. b. Son incompatibles entre sí todos los empleos públicos. c. Son compatibles entre sí y con el resto, todos los cargos y empleos privados.