POL
¿acepta la siguiente Ley del Mapa?

Artículo 1. Distribución de Avenidas y Calles y sus nombres
a) La composición del mapa será diseñada por aquella autoridad a que esté delegada su gestión, en su defecto, al Gobierno
Artículo 2. Distribución de Barrios y sus nombres
a) Las distintas zonas del mapa en las que quedan divididas las parcelas en función de la disposición de las calles reciben el nombre de barrios. Serán diseñados por aquella autoridad a que esté delegada su gestión, en su defecto, al Gobierno
Artículo 3. De la propiedad privada de parcelas
a) Los ciudadanos pueden adquirir, vender, alquilar y comerciar con parcelas en los términos establecidos en las regulaciones económicas dispuestas por el Gobierno.
b) Una vez en propiedad privada, las parcelas no pueden ser expropiadas ni podrá ser exigida su venta a demanda del Estado.
c) La posesión de parcelas puede conllevar el pago de tasas e impuestos bajo regulación establecida por el Gobierno en su potestad constitucional. La pérdida de la posesión de una parcela a raiz del impago de tasas e impuestos no será considerada expropiación, ya que se realiza por sistema automáticamente.
Artículo 4. De la gestión del mapa al rol
a) La gestión del mapa corresponde al moderador del rol, nombrado por el Presidente con el cargo oportuno, seleccionado con los métodos que se consideren oportunos.
b) La gestión económica del mapa en lo referente a tasas, ayudas y compensaciones siempre dependerá del Gobierno, aunque podrá acordarlas con el rol para su dinamización.

Resultado
Escrutinio
EscrutinioVotos
Si 4 100.00%
 
No 0 0.00%
 
En Blanco1
Legitimidad: 5 votos, 0 autentificados.
Validez: OK 100.0%
Validez
Parlamento
DiputadoVotoMensaje
ByzantiumNingunoSi
ChiribitoPCSi
Baron_NoirNingunoSi
jairoNingunoEn Blanco
EltomashIPSi
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