POL
¿Aceptas la siguiente ley del mapa?

Artículo 1º El mapa estará dividido en en tres categorías:

a) Residencial (Viviendas ciudadanas)
b) Empresarial (Zonas de empresas y servicios privados)
c) Institucional (Zonas de instituciones y servicios públicos)

Artículo 2º: El gobierno está autorizado a distribuir el mapa como estime oportuno y conveniente, adecuándose a las circunstancias de cada momentos, pero dando espacio suficiente a cada una de las categorías, especialmente a la de vivienda.

Artículo 3º: Todo ciudadano que tenga un cargo o empleo público o una empresa privada debe tener obligatoriamente una residencia.

Artículo 4º: Es requisito de toda oposición pública así como de concesión de cualquier licencia pública o privada, poseer una residencia.

Artículo 5º: Todo desarrollo de una actividad empresarial o de servicios requiere de una parcela en la correspondiente zona habilitada por el gobierno a tal fin.

Artículo 6º: El gobierno está facultado para subdividir y diferenciar las diferentes categorías de parcelas en 1, 2 o 3 alturas, entendiendo que estas pueden acoger sendas residencias, negocios, o requisitorias de otra índole en función de dicha altura.

Artículo 7º: El propietario de una parcela con más de una altura podrá alquilar las plantas no usadas a terceros, entendiendo que los derechos legales derivados de dicho alquiler, ya sea residencial, empresarial, o de otra índole, corresponderán al arrendatario y no al arrendador.



Disposición adicional: Se establece una moratoria de tres días para que la ciudadanía se adecúe según sus circunstancias a lo dispuesto en esta ley.

Debate: aquí.

Resultado
Escrutinio
EscrutinioVotos
4 80.00%
 
En blanco 1 20.00%
 
No 0 0.00%
 
En Blanco
Legitimidad: 5 votos, 0 autentificados.
Validez: OK 100.0%
Validez
Parlamento
DiputadoVotoMensaje
braddukNinguno
ChiribitoPC
RaggioIP
SLYPPP
EltomashIPEn blanco
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