POL
203938 Byzantium
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Ley del Poder Ejecutivo

Aunque la Constitución exige del Parlamento una Ley del Poder Ejecutivo que ceda las competencias que considere, Asamblea y Consejo han optado por no explicitar la cesión hasta ahora, algo que ha puesto nervioso al gobierno actual.

Artículo 1: de las competencias adicionales
El Parlamento cederá al gobierno ciertas materias de su competencia. Estas competencias adicionales serán ejercidas por el gobierno como si le fueran propias y deberán ser ejercidas con el objetivo de favorecer el correcto funcionamiento de la Administración Pública, el Estado y el orden democrático, así como el resto de principios constitucionales y en estricto cumplimiento de la Ley.

Artículo 2: competencias adicionales 
El gobierno podrá, previo decreto, ejercer sus funciones sobre las siguientes materias adicionales:
- Regulación de los mercados
- Empleo público y privado
- Política fiscal y salarial
- Gestión de foros, privilegios y todas aquellas áreas que por sistema le son propias.

Artículo 3: de las competencias adicionales no explicitadas
Los asuntos y materias no legislados en grado alguno por el Poder Legislativo podrán ser regulados por el Ejecutivo. Quedan excluídas de esta consideración todas aquellas regulaciones o actos del gobierno que, no previstos por la Constitución o la Ley, supongan restricciones significativas a los derechos fundamentales de los ciudadanos.

 1  2     Orden: Fecha | Votos 20 mensajes en este hilo creado hace .
224360 Hermes
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#Creo que deberíamos debatir largo y tendido sobre esta Ley y no aprobarla en menos de una semana ðŸ˜ˆ

Nah, me gustan los artículos 2 (una simple lista de competencias tradicionalmente asignadas al Gobierno) y 3. El 1 no lo tengo tan claro. No veo su necesidad (2 y 3 ya especifican competencias transferidas, siendo especifico el 2 y generalista suficiente el 3).

222185 Neovsky
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#Pinta muy bien, le daría más cobertura al ejecutivo, a ver por donde sale, pero cuenta con mi voto si se mejora.

bradduk
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#Entiendo que necesitamos esta ley por qué tenemos una chufa de constitución. No me opondre a esta ley pero honestamente me preocupa que un consejo nacional hostil al ejecutivo pueda paralizar la acción de este de espaldas a la ciudadanía...

En mi opinión deberíamos buscar reformar la Constitución para lograr un texto adecuado.

203938 Byzantium
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#[quote=Hermes] Creo que deberíamos debatir largo y tendido sobre esta Ley y no aprobarla en menos de una semana ðŸ˜ˆ

Nah, me gustan los artículos 2 (una simple lista de competencias tradicionalmente asignadas al Gobierno) y 3. El 1 no lo tengo tan claro. No veo su necesidad (2 y 3 ya especifican competencias transferidas, siendo especifico el 2 y generalista suficiente el 3). [/quote]

La cuestión del n1 es que una competencia "cedida" no debería ser tocada por la ley. Es decir, si la cede el parlamento, se supone que la pierde en favor del Ejecutivo. Pero esto no tiene sentido en Pol, pues tenemos un ordenamiento jurídico muy simple y cualquier ley del parlamento es equivalente a cualquier otra ley del parlamento, sin que esta ley concreta que aprobamos hoypueda obligar al parlamento a no aprobar otra legislación después que la contradiga. El decreto es inferior, así que cualquier disposición legal -por mucho que diga esta ley sobre competencias- lo restringe.

Así que, desgraciadamente y desde mi limitado punto de vista, las nuevas competencias del gobierno seguirán teniendo que cumplir la ley estrictamente, aunque el mismo parlamento que las cede luego las recorte.

203938 Byzantium
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#[quote=bradduk] Entiendo que necesitamos esta ley por qué tenemos una chufa de constitución. No me opondre a esta ley pero honestamente me preocupa que un consejo nacional hostil al ejecutivo pueda paralizar la acción de este de espaldas a la ciudadanía...

En mi opinión deberíamos buscar reformar la Constitución para lograr un texto adecuado. [/quote]

Es cuestión de interpretación. Muchos han considerado hasta ahora que el poder legislativo "tiene todas las competencias que el legislativo no ha tocado" y que el problema del legislativo es que toma cuatro o cinco dias aprobar algo y pasar por los aros de muchas personas antes.

La constitución se puede reformar, pero interpretada ampliamente no da problemas.

Hay que recordar [b]que esta constitución la redactamos porque hubo un tio &%€ que dijo que estaría chulo tener leyes con pocos artículos y que luego los jueces dijeran si eso estaba bien o mal interpretado y luego ese mismo tio se fue. [/b]

225312 Eltomash
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#A mi me parece bien, pero habría que establecer límites a la cesión de las competencias. Por ejemplo, límites en las tasas o impuestos, porque estos también podrían vulnerar la constitución.

Un ejemplo es el derecho a no ser expropiado, que las tasas no puedan ser confiscatorios, o la inviolabilidad patrimonial.

Para poneros en contexto, un IP del 10% diario es más del 90% a la semana de impuestos, lo que lo Viola todo

203938 Byzantium
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#[quote=eltomash2] A mi me parece bien, pero habría que establecer límites a la cesión de las competencias. Por ejemplo, límites en las tasas o impuestos, porque estos también podrían vulnerar la constitución.

Un ejemplo es el derecho a no ser expropiado, que las tasas no puedan ser confiscatorios, o la inviolabilidad patrimonial.

Para poneros en contexto, un IP del 10% diario es más del 90% a la semana de impuestos, lo que lo Viola todo [/quote]

Esos límites ya están ahí. Que nosotros no explicitemos los límites uno por uno no significa que no estén. El decreto sigue teniendo que cumplir la ley y la constitución por encima de todo.

224206 Lector
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#[quote=eltomash2] A mi me parece bien, pero habría que establecer límites a la cesión de las competencias. Por ejemplo, límites en las tasas o impuestos, porque estos también podrían vulnerar la constitución.

Un ejemplo es el derecho a no ser expropiado, que las tasas no puedan ser confiscatorios, o la inviolabilidad patrimonial.

Para poneros en contexto, un IP del 10% diario es más del 90% a la semana de impuestos, lo que lo Viola todo [/quote]

Más allá del fondo del asunto, en el que no quiero meterme, @eltomash2 esas mates no están bien. Un IP del 10% diario es [b][color=blue][size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif]100-100*0.9**7[/font][/size][/color][/b][color=#009420][size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif] [/font][/size][/color][b][color=grey][size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif]=[/font][/size][/color][/b][color=#009420][size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif] [/font][/size][/color][b][color=red][size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif]52.17031 %[/font][/size][/color][/b]  semanal.

225312 Eltomash
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#Pero que haya que recurrir a la justicia ordinaria es malo.

Lector, o cualquier otro, pulsa un botón y en 1 segundo te pone el IP al 20%. Pero yo tardo 4 días en conseguir una sentencia y por camino se hace un gravísimo daño.

Yo opto por poner límites en la ley

223096 Baron_Noir
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#Yo soy de los que opinan que "el poder legislativo tiene todas las competencias que el legislativo no ha tocado" así que opino que esta ley es redundante. Durante más de 1 año este modelo ha estado vigente sin problema alguno.

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