POL
203938 Byzantium
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[Parlamento] Derogacion de la ley del mapa

El Grupo Parlamentario Monárquico propone la derogación completa de la ley del mapa, dada la situación de inactividad.

Para que los usuarios activos no tengan obligaciones añadidas y puedan dedicarse a un número menor de funciones en una calidad mayor.

Menos, pero mejor.

1 2 3 4     Orden: Fecha | Votos 39 mensajes en este hilo creado hace .
224516 Theomoro
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#Yo entiendo que deben ser los ciudadanos del Barrio los que voten y el Ayuntamiento, o en su defecto el Gobierno, el que organice ese sondeo.

201659 Palau
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#¿Cómo? Eso no es lo que dice el artículo 6 de la ley del mapa @Theomore

224679 Eltomashillo
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#Si la derogación es transitoria y no permanente, cuenta con mi voto a favor!

203938 Byzantium
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#Por peticion de Biol201, que es razonable, propongo derogar exclusivamente el titulo 2 y mantener las garantias del titulo 1

224679 Eltomashillo
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#Derogar 2 y 3, no?

224516 Theomoro
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#Coincido con @biol201 en derogar exclusivamente los titulos Segundo y Tercero.

224516 Theomoro
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#Como Presidente del Parlamento, y en virtud de mis atribuciones legales, me gustaría invitar al exalcalde @Chiribito de Poniente y Aüfburg a expresar su opinión respecto a la presente iniciativa legislativa.

Muchas gracias.

224679 Eltomashillo
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#Tras oír a Chiribito debo manifestar al pleno mi total alineamiento con su pensamiento.

224516 Theomoro
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#Estoy de acuerdo.

Creo que el ponente, D. @Byzantium de Poniente y Bribón debería considerar la propuesta de D. Chiribito.

221993 Chiribito
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#Con la venia de sus excelsas señorías parlamentarias, y agradeciendo especialmente la invitación del presidente de este insigne parlamento, don Theomore de Fredonia y Poniente, mi opinión al respecto es la expresada hace unos días en el chat y que a continuación les expongo:

[quote]15:14 Consejero Chiribito: Yo no derogaría esa ley, ni ninguno de sus apartados
15:14 Consejero Chiribito: ahora hay poca actividad y no cubrimos puestos, pero si en el futuro volvemos a ser más activos puede que nos haga falta
15:15 Consejero Chiribito: sería mejor añadir algún artículo que diga que en caso de no poderse constituir la junta de gobierno y ocuparse el puesto de alcalde, sus funciones serán desarrolladas por el presidente de gobierno
15:16 Consejero Chiribito: que al fin y al cabo es lo mismo q se pretende, dando ese poder al gobierno, pero dejamos la puerta abierta a volver a la alcaldía cuando vengan tiempos mejores[/quote]

Creo que es mejor dejar la ley tal cual está, para momentos en que haya más actividad,y añadirle una salvaguarda para que, en caso de no poderse constituir en tiempo y forma la junta de concejales, ni elegir un alcalde, sea el presidente del gobierno, quizás previa escucha ciudadana, quien asuma sus funciones.

En definitiva, añadir un artículo o disposición, tal que, con la misma ley, se cubran ambos casuísticas, evitando así a futuro andar tocando y retocando y parcheando malamente.

Gracias por vuestra atención.

203938 Byzantium
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#@Palau solicita intervenir, le doy permiso

201659 Palau
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#Bueno, visto que esto está estancado voy a proponer algún cambio a la ley del mapa para que se ajuste más a lo que estamos viviendo actualmente.

Solicito la modificación del artículo 2 apartado e por lo siguiente:

[b]El barrio situado al sur de la Avenida del Progreso recibe el nombre de "Barrio Rojo"[/b].

Insto a sus señorías que le den un par de vueltas antes de rechazarlo directamente.

224679 Eltomashillo
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#Dado que dichos nombres se eligieron vía sondeo universal, propongo un sondeo con cargo al presupuesto del parlamento, para ver lo que desean las polesas

203938 Byzantium
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#Por un lado creo que la derogación de esta ley, por los argumentos aportados y la actividad en movmiento, resulta innecesaria.

Por otra parte, en cuanto a modificar la ley, yo estaría al tanto de una votación que refleje la voluntad del barrio, quizás con elecciones o alcaldía por enmedio.

Este parlamento está capacitado para cambiarlo pero quizás no legitimado. Si eso cambia, se trasladará la voluntad popular.

201659 Palau
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#En tal sondeo me gustaría que también se incluyese la opción: Barrio Calavera. Debido a la gran simbología que representa para el barrio. Tanto es así que la tenemos en la bandera.

203938 Byzantium
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#[quote=Theomore] Yo entiendo que deben ser los ciudadanos del Barrio los que voten y el Ayuntamiento, o en su defecto el Gobierno, el que organice ese sondeo. [/quote]

Acuerdo total.


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#Viva el Barrio Rojo!!!

201659 Palau
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#¿Les parecería bien a sus señorías realizar una votación en miramar, siguiendo el modelo de la actual ley del mapa para elegir concejales, para la elección del nombre oficial del barrio?


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#Si

224679 Eltomashillo
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#Estimado @Palau :

Por mi parte, sí.

224516 Theomoro
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#[quote=Palau] ¿Les parecería bien a sus señorías realizar una votación en miramar, siguiendo el modelo de la actual ley del mapa para elegir concejales, para la elección del nombre oficial del barrio? [/quote]

Estimado @Palau:

No creo que le corresponda al Parlamento determinar esas cosas. La Ley del Mapa tiene unos procedimientos establecidos y bien claros. Según tengo entendido, ya no se pueden celebrar elecciones y el Gobierno debería designar a un ciudadano como concejal.

201659 Palau
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#arrobatheomore @theomore

224516 Theomoro
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#[quote=Palau] ¿Cómo? Eso no es lo que dice el artículo 6 de la ley del mapa @Theomore [/quote]

@Palau, perdona por la demora en la respuesta.

En cuanto a se refiere a la elección de concejales, el artículo 6 remite a los establecido en el artículo 7, que establece:

[quote=Ley del Mapa]e) En caso de que un barrio fuese incapaz de determinar un concejal, el Gobierno puede asumir la representación del barrio hasta la convocatoria [b]regular[/b] de elecciones o ceder la concejalía provisionalmente a un tercer ciudadano que debe ser vecino de ese barrio.[/quote]

Yo (énfasis en que es una opinión personal) considero que el período regular para elegir a un concejal termina a las 20:00h del domingo posterior a las elecciones presidenciales. Por lo tanto, no os corresponde elegir a un concejal hasta la semana que viene.

Pero como vengo diciendo, esta es mi opinión. El Parlamento no tiene la competencia de responder consultas legales o "dar permiso" para que seáis concejales. Tenéis al Ministerio Fiscal y al Poder Judicial (en caso que hagáis algo ilegal), pero el Parlamento aquí es redundante.

Hablad con el Gobierno, quizás es pueden nombrar ciudadano/representante del barrio.

201659 Palau
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#El artículo 7 habla "en caso de que un barrio fuese incapaz de determinar un concejal". No estamos ante este supuesto. Estamos hablando de realizar una votación para elegir el nombre del barrio. Ya tenemos un concejal actualmente. El menda. @Theomore

201659 Palau
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#Vuelvo a solicitar lo que inicialmente hice al parlamento porque veo que se está desvirtuando mi mensaje.

[quote]
Bueno, visto que esto está estancado voy a proponer algún cambio a la ley del mapa para que se ajuste más a lo que estamos viviendo actualmente.

Solicito la modificación del artículo 2 apartado e por lo siguiente:

El barrio situado al sur de la Avenida del Progreso recibe el nombre de "Barrio Rojo".

Insto a sus señorías que le den un par de vueltas antes de rechazarlo directamente.[/quote]

203938 Byzantium
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#Artículo 6.- Junta de Barrio y Concejales
a) Son considerados vecinos todos los propietarios e inquilinos de parcelas que viven en un barrio.
b) Los vecinos del barrio eligen a su Concejal mediante votación ponderada en los términos del artículo 7.
c) El Concejal representa al barrio en el Consejo Local y convoca las Juntas de Barrio.
d) El Concejal, tras consulta no vinculante en la Junta de Barrio, puede establecer los colores cuyo uso es legítimo en las parcelas del barrio para su uso residencial, industrial y comercial.
[b]e) El concejal, tras votación vinculante por mayoría simple con voto ponderado de los vecinos de la Junta de Barrio, puede establecer un nuevo nombre para el barrio que debe ser ratificado por el Parlamento por mayoría simple, que en caso afirmativo habititará a su Presidente modificará la ley para cambiar el nombre del barrio.[/b]
e) Los vecinos pueden registrar una sola parcela como su residencia en un solo barrio.

224679 Eltomashillo
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#Si cambias simple por absoluta, y cuenta con mi voto.

224679 Eltomashillo
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#Dice el pato @kendel que prefiere elección vía parcelas.

Y lo de la mayoría simple me chirría. Si me ausento 3 días en el casco antiguo cambiáis el nombre de golpe?

203938 Byzantium
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#[quote=Eltomash] Si cambias simple por absoluta, y cuenta con mi voto. [/quote]

Nada en la ley del mapa puede exigir mayoria absoluta habiendo tantisima abstencion

203938 Byzantium
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#[quote=Eltomash] Dice el pato @kendel que prefiere elección vía parcelas.

Y lo de la mayoría simple me chirría. Si me ausento 3 días en el casco antiguo cambiáis el nombre de golpe? [/quote]

Se puede pedir que solo se haga una vez cada X.


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#[quote=Eltomash] Si me ausento 3 días en el casco antiguo cambiáis el nombre de golpe? [/quote]

Si

224516 Theomoro
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#[quote=Byzantium] [quote=Eltomash] Dice el pato @kendel que prefiere elección vía parcelas.

Y lo de la mayoría simple me chirría. Si me ausento 3 días en el casco antiguo cambiáis el nombre de golpe? [/quote]

Se puede pedir que solo se haga una vez cada X. [/quote]

Me gusta como solución.

224679 Eltomashillo
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#Pues ya estamos todos de acuerdo. Hala a votar, corazones

224516 Theomoro
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#¿Qué hay que votar exactamente?

Quiero verlo escrito :troll:

224516 Theomoro
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#Si sus señorías están de acuerdo, se procede a la votación.

224679 Eltomashillo
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#pon aquí la última versión @byzantium

224679 Eltomashillo
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#El concejal, tras votación vinculante por mayoría simple con voto ponderado de los vecinos de la Junta de Barrio, puede establecer un nuevo nombre para el barrio que debe ser ratificado por el Parlamento por mayoría simple, que en caso afirmativo habilitará al Presidente del Parlamento a modificar la ley para cambiar el nombre del barrio. Un barrio solo podrá cambiar su nombre una vez por legislatura municipal.

224516 Theomoro
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#Me gusta la propuesta de @Eltomash, por la limitación temporal a una vez por legislatura.

A favor, sin reservas.

203938 Byzantium
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#Artículo 6.- Junta de Barrio y Concejales
a) Son considerados vecinos todos los propietarios e inquilinos de parcelas que viven en un barrio.
b) Los vecinos del barrio eligen a su Concejal mediante votación ponderada en los términos del artículo 7.
c) El Concejal representa al barrio en el Consejo Local y convoca las Juntas de Barrio.
d) El Concejal, tras consulta no vinculante en la Junta de Barrio, puede establecer los colores cuyo uso es legítimo en las parcelas del barrio para su uso residencial, industrial y comercial.
[b]e) El concejal, tras votación vinculante por mayoría simple con voto ponderado de los vecinos de la Junta de Barrio, puede establecer un nuevo nombre para el barrio que debe ser ratificado por el Parlamento por mayoría simple, que en caso afirmativo habititará a su Presidente modificará la ley para cambiar el nombre del barrio.[/b]
e) Los vecinos pueden registrar una sola parcela como su residencia en un solo barrio.

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