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[Parlamento] Proyecto de Ley de NotaríasEn base a los artículos 17 y 30 de la Ley del Parlamento, yo, @Eltomash , vengo a proponer el proyecto de Ley de notarías nacido de la iniciativa legislativa popular del partido político PaSHo para su debate.[b]Exposición de motivos [/b] El jurista es un empleo privado, para acceder a tener dicho empleo deberá tener, o pertenecer a un Consultorio Legal o un bufete de abogados. Los Consultorios Legales y bufetes deberán tener una cuenta asociada donde deberán tener detallados todos sus ingresos y gastos correspondientes. [b]Artículo 1[/b] Las competencias aquí expuestas al cargo de Jurista son compatibles con las otorgadas en la Ley del Poder Judicial y otras leyes y decretos. [b]TÃTULO I: Licencias y adjudicaciones[/b] [b]Artículo 2[/b] Cualquier ciudadano que se ciña al preambulo de la actual ley, y supere el examen de jurista, podrá ejercer como notario. De no haber ningún notario en Pol, cualquier miembro del Gobierno responsable de los asuntos jurídicos deberá ejercer como tal, pagándose la firma al Estado. [b]Artículo 3[/b] 1. El Gobierno establecerá el procedimiento para adjudicar las licencias, ya sea utilizando la Ventanilla única o mediante decreto. 2. Los requisitos mínimos para ser notario serán tener aprobado el examen de jurista, y ejercer en una empresa notarial. [b]Artículo 4[/b] 1. El notario deberá repetir el examen tras 60 días naturales para ratificar su condición de notario. 2. Para ratificar el examen, el notario deberá dimitir. En caso de actuar en calidad de notario con el examen sin renovar, estará incurriendo en un delito de administración desleal, siendo castigado así con la pena de delito grave. [b]TÃTULO II: De la firma notarial[/b] [b]Artículo 5[/b] 1. La labor del jurista es dar valor legal a los documentos que por ley lo requieran. 2. La validación se realiza con la firma del jurista, dando fé de que no contiene incorrecciones. 3. Otras funciones del jurista: a) Elaboración y trámite de escrituras públicas para los hechos y actos que la ley disponga o cuando sea voluntad de las partes hacerlo. b) Apertura y publicación de testamentos c) Reconocimiento de documentos privados, dejando constancia de la manifestación del interesado y el contenido del documento. d) Guardar y conservar los archivos notariales e) La firma de Contratos laborales f) La firma de Contratos para el alquiler de parcelas [b]TÃTULO III: De la responsabilidad notarial[/b] [b]Artículo 6[/b] 1. El jurista que dé fe se hará legalmente responsable de su firma ante la justicia. 2. De la firma de un documento que, por falta de forma o contenido, no debiera haber sido firmado, se derivará responsabilidad civil indemnizatoria y cese e inhabilitación para recibir licencia de notario durante un mes. Como indica el artículo 30 de la LdP los ciudadanos @Palau @Victor_daniel y @Adam_Smith defenderán su propuesta como ponentes. |
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1 2 Orden: Fecha | Votos 20 mensajes en este hilo creado hace . | |||
| #Invito al Presidente de la República, D. @Dunkelzahn , al debate | ||
| #Obligar a repetir un examen cada 60 días no me gusta, por varios motivos: | ||
| #Por partes. Me parece bien dar las competencias de los notarios a los juristas. Como ha dicho Byz en la plaza, probablemente aligere la burocracia. Esta ley está para dar entidad a los notarios. Si queréis que sea para darle cuerpo a la función notarial de los juristas me parece estupendo. | ||
| #¿Cómo entiende Victor_Daniel y el PaHSo en conjunto el punto general sobre la "intervención en la economía"? | ||
| #No habría ningún problema en realizar la ratificación conjuntamente con los cargos privados. | ||
| #No entiendo lo de la ratificación con los cargos privados. ¿No será el Notario un cargo privado? ¿Se quiere refrendar los notarios? | ||
| #Me he equivocado. Quería decir junto a los cargos públicos como pueden ser los jueces. | ||
| #Invito a D. @Anders al debate, como miembro del PaHSo | ||
| #[b]Me opongo completamente a regular esto desde el Parlamento.[/b] | ||
| #Pido al Presidente del Parlamento @Eltomash que modifique la propuesta inicial del PaHSo con las siguientes modificaciones, que parecen encontrar un consenso entre el ponente y el Ejecutivo (los únicos a participar en el debate por el momento): |
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