POL
¿Acepta la siguiente modificación de la Ley de Educación?

Se propone la derogación de la Disposición Adicional Primera de la Ley de Educación, que reza:

[b]Disposición adicional primera:[/b] En los casos de urgencia, ausencia de decano y/o profesores, así como su inactividad, El presidente del gobierno está facultado para actuar como decano, contribuyendo a la confección de exámenes que garanticen los conocimientos necesarios de aquellos que acceden a empleo público o privado.

Debate: aquí.

Resultado
Escrutinio
EscrutinioVotos
A favor 3 100.00%
 
En contra 0 0.00%
 
En Blanco0
Legitimidad: 3 votos, 0 autentificados.
Validez: OK 100.0%
Validez
Parlamento
DiputadoVotoMensaje
EltomashilloNingunoA favor
LectorNingunoA favor
TheomoroNingunoA favor
Argumentos