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La tercera enmienda propuesta incluye: [b]El derecho de los juristas a autorrepresentarse[/b] El apartado x del Título VI quedaría redactado como sigue: Título IV x) Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión. Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa, a la asistencia de letrado y a representarse a sí mismos si cumpliesen con las condiciones legalmente establecidas para ejercer la abogacía, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia. La ley regulará los casos en que, por razón de parentesco o de secreto profesional, no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos.
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