POL
224679 Eltomashillo
+3

Ventanilla única del Gobierno de POL

A la atención de todos los ciudadanos de la República de Pol:

Con el objetivo de unificar y mantener actualizado el Registro Oficial y las distintas ventanillas de solicitudes, el Gobierno pone a su disposición el siguiente hilo para:

- [b] [NUEVO] [/B] solicitar el cargo de activo o desempleado
- solicitar la inscripción o modificación de datos de casas nobles/religiones;
- solicitar la inscripción de un sindicato;
- solicitar la licencia de conformidad con el correspondiente Decreto;
- solicitar la inscripción de una empresa en el Registro Mercantil de Pol;
- solicitar una subvención;
- adquirir un chat, foro, grupo o cargo;

El Gobierno recomienda, para la correcta tramitación de las solicitudes ciudadanas, leer primero la siguiente información:

- Recibir una subvención: hay que leer atentamente el Decreto por el cual el interesado puede optar a la subvención e indicar: beneficiario y que se cumplen los requerimientos exigidos.

- Crear una empresa - AYUDA, ¿cómo hacer una empresa? https://pol.virtualpol.com/doc/como-hacer-una-empresa

- Crear un sindicato, una Casa Noble, una Religión - consultar Leyes y Decretos respectivos.

- Modificar alguno de los datos de tu empresa actual - https://pol.virtualpol.com/doc/registro-mercantil

- Comprar un chat privado (hay que pagar 100 manualmente) - https://pol.virtualpol.com/chat/list

- Comprar un foro privado - https://pol.virtualpol.com/control/gobierno/foro/

- Comprar un grupo - https://pol.virtualpol.com/grupos

- Comprar un cargo - https://pol.virtualpol.com/cargos

- Otras comunicaciones oficiales también se pueden hacer por este mismo cauce

- Borrar una empresa registrada: https://pol.virtualpol.com/doc/como-eliminar-una-empresa

Para que tus trámites vayan mas rápido usa " @Theomore @Eltomash " para que le llegue una notificación a los miembros del Gobierno.

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224206 Lector
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#[quote=biol201] En representación de Inmobiliaria el Centro, solicito la devolución de 63 monedas en concepto del 50% del CP pagado durante la semana del 4 al 10 de enero.

Cuenta--> https://pol.virtualpol.com/pols/cuentas/1089/

@Lector [/quote]

Se ha realizado la devolución.

224516 Theomoro
+0

#A la atención del Gobierno:

Vengo en solicitar nuevamente que se aplique la exención de impuestos a la cuenta /pols/cuentas/1118/, propiedad de Banco Polés de Ahorros - BPA, empresa legalmente inscrita en el Registro Mercantil.

Asimismo, solicito que se reembolse la cantidad de 38.17 :moneda:.

Gracias.

@Lector

224679 Eltomashillo
+0

#@lector

En el proceso de hoy me he quedado sin pasta y el Estado me ha embargado todas mis propiedades en el mapa.

Estoy jodido y ruego al presidente guapo y todopoderoso el mejor del mundo que me ayude

224206 Lector
+0

#[quote=Eltomash] @lector

En el proceso de hoy me he quedado sin pasta y el Estado me ha embargado todas mis propiedades en el mapa.

Estoy jodido y ruego al presidente guapo y todopoderoso el mejor del mundo que me ayude [/quote]

Sintiéndolo mucho, su solicitud no está amparada por la legalidad vigente y temo que podría ser constitutiva de delito de prevaricación o similar.

Un saludo.

Atte Lector de Tudolor y Trastocada, Caballero de la Orden de Honor
[em]Presidente de la República de Pol[/em]

224206 Lector
+0

#[quote=Theomore] A la atención del Gobierno:

Vengo en solicitar nuevamente que se aplique la exención de impuestos a la cuenta /pols/cuentas/1118/, propiedad de Banco Polés de Ahorros - BPA, empresa legalmente inscrita en el Registro Mercantil.

Asimismo, solicito que se reembolse la cantidad de 38.17 :moneda:.

Gracias.

@Lector [/quote]

Se procede a aplicar la exención de impuestos pedida. Por el contrario, no se reembolsará más que la cantidad pagada el 19/01/2021, ya que las otras cantidades corresponden a una cuenta para la que no se había solicitado la exención, reembolsándose pues el montante total de 15.74 :moneda: .

Contra esta resolución cabe interponer recurso administrativo según la normativa vigente.

Atte. Lector de Tudolor y Trastocada, Caballero de la Orden de Honor
[em]Presidente de la República de Pol[/em]

224516 Theomoro
+0

#[quote=Lector] [quote=Theomore] A la atención del Gobierno:

Vengo en solicitar nuevamente que se aplique la exención de impuestos a la cuenta /pols/cuentas/1118/, propiedad de Banco Polés de Ahorros - BPA, empresa legalmente inscrita en el Registro Mercantil.

Asimismo, solicito que se reembolse la cantidad de 38.17 :moneda:.

Gracias.

@Lector [/quote]

Se procede a aplicar la exención de impuestos pedida. Por el contrario, no se reembolsará más que la cantidad pagada el 19/01/2021, ya que las otras cantidades corresponden a una cuenta para la que no se había solicitado la exención, reembolsándose pues el montante total de 15.74 :moneda: .

Contra esta resolución cabe interponer recurso administrativo según la normativa vigente.

Atte. Lector de Tudolor y Trastocada, Caballero de la Orden de Honor
[em]Presidente de la República de Pol[/em] [/quote]

Recurso Administrativo a la resolución del 19/01/2020 a D. Theomore de Fredonia

D. Theomore de Fredonia y Poniente, en mi nombre y derecho propio, de conformidad con el Decreto del Procedimiento Administrativo, como mejor proceda en Derecho, digo:

Que interpongo Recurso Administrativo contra la resolución citada, que data del 19/01 del presente, sobre el reembolso del IP cobrado indebidamente a una de las cuentas de mis clientes, sobre los siguientes

Razones

El Decreto de Actividad Empresarial regula la exención de impuestos a las empresas que estén debidamente registradas en el Registro Mercantil, que es el caso del BPA (Banco Polés de Ahorros).

En su artículo 1 establece la total exención de impuestos de toda clase y condición a las cuentas asociadas a las empresas registradas.

Asimismo, el artículo 11, en su literal c, establece que el único requerimiento para ofrecer un producto a los clientes de un banco es la formalización por contrato ante notaria de dicho servicio, lo cual la cuenta en cuestión cumple.

Por ello, en el mismo momento en el que se establece el contrato y se formaliza ante notario, ese servicio pasa a estar amparado por el Decreto, lo cual implica que la la exención estaba dada desde el mismo instante del contrato. Como por sistema se requiere que sea el Gobierno el que otorgue manualmente la exención, yo, avisé del hecho al Presidente en un plazo razonable y, amparándome en lo dicho, pedí la exención desde el mismo momento de la firma notarial.

El Gobierno, reembolsa los impuestos de un día, pero no del anterior sin base legal, dando a entender que sí que se han cobrado indebidamente impuestos, pero ¿solo de un día? Lo lógico es todos. No una parte.

Fecha, firma del recurrente, así como todas las pruebas que considere pertinentes.

Fecha: 20/01/2020 (16:27), en el plazo de 24 horas legalmente establecido.
Firma del recurrente: D. Theomore

Pruebas:

https://pol.virtualpol.com/doc/decreto-del-procedimiento-del-recurso-administrativo
https://pol.virtualpol.com/doc/nuevo-decreto-de-actividad-empresarial
https://pol.virtualpol.com/foro/gobierno/ventanilla-unica-del-gobierno-de-pol-0510201206
https://pol.virtualpol.com/pols/cuentas/1118/

224711 Alphavile
+0

#Solicito ser inscrito en el SEPOL

224206 Lector
+1

#Estimado Sr. @Theomore :

El Decreto de Actividad Empresarial establece en efecto en su artículo primero que las cuentas de las empresas están exentas de impuestos. Asimismo, una cuenta empresarial debe estar debidamente registrada como tal, para cuyo efecto el propietario empresario dispone de esta Ventanilla para comunicarlo al Gobierno, como manda tal Decreto en su artículo segundo.

La fecha en la que la empresa Banco Polés de Ahorros - BPA, debidamente registrada en el Registro Mercantil de la República de Pol solicitó la consideración como cuenta empresarial a título de ella misma de la cuenta 1118, que opera bajo el nombre de "CUENTA: BPA10004923520827754", fue el 19 de enero de 2021 en este presente hilo, como es comprobable.

Anteriormente a tal fecha, no habiendo solicitado su consideración formal como cuenta empresarial, esa cuenta no debe ser considerada como tal. El Decreto de Actividad Empresarial exige, como resulta lógico, que sean las empresas las que tengan que informar al Gobierno en el registro inicial de sus condiciones de funcionamiento (cuenta, sede, directivos, sueldos, etc.), cuyas modificaciones ulteriores, consuetudinariamente y por evidente lógica, son comunicadas a título meramente informativo al Gobierno.

Por tanto el criterio del Gobierno es que indistintamente a las operaciones que se hubiesen podido realizar con anterioridad al 19 de enero de 2021 en la cuenta susodicha, es sólo a partir de la comunicación efectiva por parte del empresario propietario de ella de que se desea disponer de la misma como cuenta empresarial según el régimen especial previsto por el Decreto de Actividad Empresarial que en efecto pasa a ser considerada como tal.

En consonancia con esta interpretación, se han devuelto los impuestos cobrados a partir del 19 de enero de 2021, no siendo así los impuestos de días anteriores, cuando esa cuenta no había sido comunicada, e independientemente de los contratos y otras cuestiones firmadas con terceros para su uso de la forma que fuere no constaba para el Gobierno la intención de disponer de la cuenta susodicha para fines empresariales.

Sabemos que se trata de una visión muy poco flexible, pero el Gobierno no puede entender de forma abstracta el uso que se le quiera dar a una cuenta, sino a través de que el propietario de la misma comunique su uso de forma pública y formal. La misma consideración de empresa, concepto extensible a sus propiedades, en este caso a una de sus cuentas exentas, no nace de un contrato de prestación de servicios, sino de la posibilidad de un individuo de hacerlo, de su voluntad de constituirse como tal y de su comunicación en tal sentido al Gobierno, términos que de ser legales serán aceptados y debidamente registrados.

La interpretación debe ser pues estricta: siempre que se comunique debidamente, como se hizo el 19 de enero, todo retraso posterior en la resolución del trámite es un problema generado por el Gobierno y por el que deberá responder, como en efecto se ha hecho. Sin embargo, retrasos y usos no comunicados de cuentas, aún cuando hallan sido supuestos en contratos firmados con terceros, no obligan al Gobierno. Si el Gobierno se tuviera que regir por lo que se disponga, libremente, pero de forma ajena a este, entre ciudadanos, la Administración no funcionaría.

Por todo ello lo expuesto se resuelve DESESTIMAR el recurso administrativo presentado, contra el que cabe recurso judicial en los términos previstos en la Ley del Poder Judicial.

Atte. Lector de Tudolor y Trastocada, COH
[em]Presidente de la República de Pol[/em]

224206 Lector
+0

#[quote=Alphavile] Solicito ser inscrito en el SEPOL [/quote]

Estimado @Alphavile, el SEPOL no existe en la actualidad.

Atte. Lector de Tudolor y Trastocada, COH
[em]Presidente de la República de Pol[/em]


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#Señor @Lector solicito que se me otorge el cargo de activo para ganar unas perrillas sin hacer nada. Gracias, muy amable.

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