Propongo derogar las mal llamadas "[url=https://pol.virtualpol.com/doc/ley-de-sentimientos-religiosos]Ley de Sentimientos religiosos[/url]" y "[url=https://pol.virtualpol.com/doc/ley-de-convivencia-nacional]Ley de Convivencia Nacional[/url]" aprobadas en la pasada legislatura, pues no son más que leyes censoras que coartan la libertad de los ciudadanos impidiendo su libertad de expresión y opinión.
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Creo que en un lugar como en la República de Pol, estas leyes son solo un impedimento para que la gente participe libremente, incluido nuevos ciudadanos con sus pensamientos de cualquier indole que verían como censura las citadas leyes.
La libertad debería ser lema, ley y en la constitución como primer pilar fundamental de la República de Pol.
En cuanto a la mal llamada ley de sentimientos religiosos, si tiene ciertas cosas que salvar.
Es seguro que el artículo 1 es enteramente razonable, es decir, la laicidad completa de todas las instituciones públicas es un mínimo en una sociedad contemporánea, liberal y democrática. En ese sentido lo contrario sería una barbarie, permitir al presidente de turno declararnos un república satánica, un brabuconato esotérico o una comuna cristiana.
El artículo 2 se puede reformular. No creo que sea necesario limitar "toda expresión" religiosa por menor que sea al foro religiones, ni tiene sentido tampoco que la policía traslade a la papelera todos los hilos. Pero sí está claro que organizar quedadas religiosas en un foro en el que no compete tampoco es lo oportuno. Sí creo en un redactado más adecuado, por ejemplo
Artículo 2:
Los eventos y celebraciones religiosas se organizarán siempre en subforos dedicados expresamente a las religiones, en los que corresponden también los textos y las publicaciones que sean necesarios. Estos subforos serán públicos. Las expresiones religiosas en el resto de foros públicos estarán permitidas por defecto y podrán ser limitadas temporal y expresamente por las fuerzas de seguridad pública cuando se estime necesario para la protección del orden público y el adecuado funcionamiento de los foros y las instituciones públicas.
Del mismo modo que no tiene especial sentido limitar que el foro sea privado ya que eso restringe la publicidad de la publicación (no aparece en la plaza). Cabe recordar que todo kick o limitación de la libertad de expresión puede ser recurrido.
El artículo 3 se puede eliminar en tanto el silencio simplemente equivale a ejercitar el aparato sancionador que es común y regular al resto de materias en los foros públicos.
En cuanto a la mal llamada "Ley de convivencia nacional" si bien es cierto que puede ser evaluada en muchos términos, uno de ellos debe ser "es la unica ley de policía que tenemos" y a ese respecto considero oportuno que el parlamento proponga una ley de policía que la sustituya. Y en ello no hay que trabajar tanto sino recuperar algun texto previo.
Rodillar la obra legislativa del anterior parlamento puede ser llamativo pero sin duda no es lo que más pide la democracia.
#Son leyes que nacieron con el fin de censurar todo aquello que no gustaba, sea religión, sea política contraria al comunismo. Recortarlas a trozos, hacerlas remiendos, o cualquier otra cosa parecida con tal de salvarlas me parece una ofensa a quienes las hemos sufrido. Yo fui kickeado por una de ellas.
Se elaborará una ley de policía y una ley de educación, y estoy de acuerdo en que el estado debe ir por un lado y la religión por otro, y que debe ser regulada y desarrollada específicamente en el foro de religiones, pero todas estas cosas deben ir reguladas en una ley con ese fin, no remendando leyes que nacieron con el fin de oprimir a unas personas y unas ideas concretas.
#Señores diputados,
Es comprensible la crítica hacia el origen de estas leyes y el impacto que han tenido en muchos ciudadanos, pero creo que el enfoque debe ser pragmático. Derogar sin sustituir genera vacíos legales que pueden ser incluso más peligrosos que las restricciones que buscamos eliminar.
Coincido en que el artículo 1 de la ley de sentimientos religiosos es completamente razonable y debe mantenerse. La separación absoluta entre el Estado y cualquier confesión es un principio fundamental en una democracia liberal.
Sobre el artículo 2, el objetivo no es censurar expresiones individuales de religiosidad, sino ordenar su espacio de manera que se garantice la convivencia. La propuesta de reformulación permite expresiones religiosas en espacios públicos sin limitarlas de manera indiscriminada, pero también garantiza que los eventos organizados tengan un lugar adecuado. No se trata de mantener una censura encubierta, sino de establecer un marco de convivencia claro.
El artículo 3, como bien se ha señalado, es redundante si el aparato sancionador general se aplica de manera uniforme. Su eliminación no supondría una merma en la protección del orden público.
Respecto a la "Ley de convivencia nacional", si bien puede tener defectos y un origen cuestionable, no podemos olvidar que actualmente es la única normativa policial que tenemos. Si el parlamento se compromete a elaborar una ley de policía que la sustituya, lo más sensato es avanzar en esa dirección con un texto nuevo que garantice el orden público sin vulnerar derechos fundamentales.
No se trata de salvar leyes defectuosas por compromiso con el pasado, sino de gestionar el presente con responsabilidad. La historia de estas normas no debe cegarnos ante la necesidad de una transición ordenada hacia un marco más justo y funcional.