POL
sir2100
+0

[DENUNCIA] Ministerio Fiscal v. SLY

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]AL JUZGADO DE POL[/font][/size]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]D. Byzantium, Fiscal General de la República Polesa, en ejercicio de las atribuciones que me confiere la Ley del Poder Judicial, comparezco ante este Juzgado y como mejor proceda en Derecho,[/font][/size]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]DIGO:[/font][/size]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Que, en cumplimiento de mis funciones constitucionales y legales, formulo DENUNCIA por los delitos de APROPIACIÓN INDEBIDA Y PREVARICACIÓN, tipificados en el Código Penal, contra:[/font][/size]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Denunciado:[/font][/size]
[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]D. SLY, PRESIDENTE DEL GOBIERNO[/font][/size]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]HECHOS[/font][/size]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]PRIMERO.– D. SLY utilizando los privilegios asociados al cargo de Presidente de la República redujo el precio de compra de las parcelas de 100 a 50 monedas, a las 18:05 del 29 de agosto de 2025. Lo hizo con la intención expresa de comprar varias parcelas para poder devolverlas luego a mejor precio, cosa que hizo entre las 18:08 y las 18:14.[/font][/size]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]SEGUNDO.– Compradas las parcelas, utilizando sus privilegios como cargo público subió el precio de compra de las parcelas a 200 monedas a las 18:14, con el propósito de devolverselas al estado e incrementar su patrimonio personal.[/font][/size]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]CUARTO.– Desde las 18:14 y hasta las 18:18 devolvió al estado las parcelas, generando una serie de monedas como beneficio para su cuenta personal a costa del erario público.[/font][/size]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]FUNDAMENTOS DE DERECHO[/font][/size]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]I. DE LA COMPETENCIA.[/font][/size]
[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Es competente el Juez de Paz conforme a lo previsto en la Ley del Poder Judicial.[/font][/size]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]II. REPRESENTACIÓN.[/font][/size]
[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Actúa esta parte en ejercicio de la potestad que la Ley del Poder Judicial otorgan al Fiscal General para iniciar acciones penales de oficio.[/font][/size]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]III. LEGITIMACIÓN PASIVA.[/font][/size]
[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Corresponde al denunciado D. SLY por ser el autor de los hechos que se denuncian.[/font][/size]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]SUPLICO AL JUZGADO[/font][/size]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Que habiendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo, tenerme por comparecido en calidad de Fiscal General y por interpuesta denuncia contra D. SLY, y se proceda a su tramitación conforme a derecho, con citación del denunciado a fin de que comparezca si a su derecho conviniere, y tras los trámites legales oportunos, se dicte sentencia condenatoria a la pena que en derecho corresponda.[/font][/size]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Por ser de Justicia, que respetuosamente solicito en la POL, a 30 de agosto de 2025.[/font][/size]

[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Firma[/font][/size]
[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]D. Byzantium[/font][/size]
[size=2][font=Arial, Helvetica, sans-serif]Fiscal General de la República Polesa[/font][/size]

1  2  3     Orden: Fecha | Votos 21 mensajes en este hilo creado hace .
221788 Anders
+0

#El tribunal acusa la recepción, según el procedimiento, del alegato del Ministerio Fiscal como parte activa en este proceso, y da las gracias al Fiscal General D. @Byzantium.

Asimismo, concede un plazo de 24 horas a D. @SLY para exponer su primer alegato. Es deber de este tribunal recalcar que no se opondrá a la intervención, en su nombre y representación, de un abogado, si finalmente se pudiera concretar su contratación.

225331 SLY
+2

#[size=3]Reconozco todas las acusaciones formuladas en mi contra y aceptaré el castigo que se estime oportuno. Más tarde SLY desaparecerá de VIRTUALPOL.[/size]

221788 Anders
+0

#El tribunal acusa la manifestación realizada por el Presidente D. @SLY, parte pasiva como acusado en este proceso, y le da las gracias.

Sin haberse formulado preguntas expresamente dirigidas al acusado, ni por parte de este tribunal, ni por ninguna de las partes, el tribunal concede un plazo de 24 horas a D. @Byzantium, representante del Ministerio Fiscal, a efectos de exponer su alegato final.

203938 Byzantium
+0

#Todo listo pero gracias señoría.

221788 Anders
+0

#El tribunal da las gracias al Fiscal General D. @Byzantium por su pronta respuesta.

Con independencia de la manifestación anterior realizada por el acusado, el Presidente D. @SLY, este tribunal le otorga 24 horas de plazo para realizar un alegato final si lo desea. En caso contrario, tan pronto como lo manifieste, el caso quedará visto para sentencia.

225331 SLY
+0

#[ul]
[li][size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#444444][size=2] [b][color=inherit]sir2100[/color][/b]: No creo que se pueda aplicar una agravante por abuso de poder si el tipo de prevaricación solo aplica a cargos públicos[/size][/color][/font][/size][/li]
[li][size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#444444][size=2][color=#eeeeee]19:45[/color] [img=16x16]https://pol.virtualpol.com/img/cargos/9.gif[/img] [b][color=inherit]sir2100[/color][/b]: Es penar lo mismo 2 veces[/size][/color][/font][/size][/li]
[li][size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#444444][size=2]19:46 [img=16x16]https://pol.virtualpol.com/img/cargos/11.gif[/img] [b][color=inherit]Anders[/color][/b]: Non bis in idem[/size][/color][/font][/size][/li]
[li][size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#444444][size=2][color=#eeeeee]19:46[/color] [img=16x16]https://pol.virtualpol.com/img/cargos/9.gif[/img] [b][color=inherit]sir2100[/color][/b]: Exacto[/size][/color][/font][/size][/li]
[li][size=3][font=Arial, Helvetica, sans-serif][color=#444444][size=2][color=#eeeeee]19:46[/color] [img=16x16]https://pol.virtualpol.com/img/cargos/9.gif[/img] [b][color=inherit]sir2100[/color][/b]: De hecho hay jurisprudencia[/size][/color][/font][/size][/li]
[/ul]

221788 Anders
+0

#Este tribunal acusa las declaraciones presentadas por el Presidente D. @SLY, y le da las gracias por su intervención.

Habiéndose agotado el procedimiento en cuanto a los turnos de palabra, el caso queda visto para sentencia, que se emitirá en el plazo de 72 horas desde el momento presente.

Se procede a cursar aviso de esta circunstancia a las partes activa y pasiva en este proceso. Respectivamente, al Fiscal General D. @Byzantium y al Presidente D. SLY.

221788 Anders
+2

#[color=#000000][size=3][font=UICTFontTextStyleBody]Este tribunal, tras la oportuna deliberación, está en condiciones de publicar la siguiente sentencia, relativa al caso ‘Ministerio Fiscal vs. SLY’ que nos ocupa.[/font][/size][/color]

[color=#000000][size=3][font=UICTFontTextStyleBody]SENTENCIA EN EL CASO MINISTERIO FISCAL VS. SLY[/font][/size][/color]

[color=#000000][size=3][font=UICTFontTextStyleBody]NOS, D. Anders, juez de Paz de la República de Pol, por las facultades que me otorga el carácter de instructor de este proceso penal, RESUELVO lo siguiente en cuanto a las cuestiones previas que merecen análisis en este proceso:[/font][/size][/color]

[color=#000000][size=3][font=UICTFontTextStyleBody]1. Confirmar la veracidad de los hechos expuestos por el Fiscal General y reconocidos como ciertos por el acusado.[/font][/size][/color]

[color=#000000][size=3][font=UICTFontTextStyleBody]2. Precisar lo relativo al beneficio obtenido, teniendo en cuenta que durante el desarrollo de este proceso, se ha producido la devolución por parte del Gobierno de la última parcela, de entre las que nos ocupan, que quedaba por enajenar en favor de D. SLY. Además, hay que tener en cuenta que la rebaja en el precio se produjo ad hoc para llevar a cabo la operación, estando fijada en 100 :moneda: con caracter previo a los hechos, por lo que no cabe descontar esa diferencia arbitraria y momentánea al beneficio. A tales efectos, considerando un beneficio de 160 :moneda: por cada parcela, y contándose 11 parcelas en total, el producto total de las operaciones objeto de este proceso asciende a 1760 :moneda:.[/font][/size][/color]

[color=#000000][size=3][font=UICTFontTextStyleBody]3. Reafirmar lo expresado por el Ministerio Fiscal en cuanto al ejercicio de las competencias ejecutivas, que se hallan efectivamente supeditadas a todas las disposiciones constitucionales y, en este caso concreto, a los artículos 44 y 45 de la Constitución, relativos respectivamente al “deber de promover la actividad económica” y al carácter prevaricador del “derroche intencionado o el uso negligente del capital público”, completados a su vez por el artículo 46 de la citada norma, que establece la “libertad de acción [del Gobierno] con arreglo a la Constitución” en cuestiones económicas.[/font][/size][/color]

[color=#000000][size=3][font=UICTFontTextStyleBody]4. Confirmar el carácter doloso como única explicación de los cambios abruptos e inconsistentes en la fijación de precios de las parcelas, siendo esta tesis reforzada por el ánimo claramente deliberado que queda de manifiesto en la brevedad y falta de publicación suficiente de dichos cambios.[/font][/size][/color]

[color=#000000][size=3][font=UICTFontTextStyleBody]5. Establecer la ‘Doctrina de la mutación’ sobre el delito de estafa, como forma de abordar la cuestión planteada por la parte activa, acerca de los delitos contra el patrimonio, de la siguiente manera. El artículo 6 del Código Penal establece dos vías delictivas principales en esta categoría, a saber, el delito de estafa y el delito de evasión de impuestos. Nos referiremos al delito de estafa por ser el que ocupa el objeto de este caso, y sobre él cabe destacar que constituye un tronco sobre el que se asientan los delitos de extorsión y apropiación indebida, pero que estos últimos no son particularidades del delito de estafa, sino delitos distintos, todos ellos. No obstante, el delito de estafa muta en extorsión y/o apropiación indebida según el caso, esto es, que el delito de estafa es incompatible tanto con el delito de extorsión como con el delito de apropiación indebida, pero estos últimos son compatibles entre sí ya que entre ellos no media mutación alguna. Así, estamos ante un caso de extorsión cuando se cumplen los requisitos del delito de estafa además de los expresamente propios del delito de extorsión, como análogamente sucede con el delito de apropiación indebida.[/font][/size][/color]

[color=#000000][size=3][font=UICTFontTextStyleBody]6. Constatar que el delito de prevaricación es adecuado a este caso, por tratarse el Presidente D. SLY de un cargo público que, demostradamente, ha utilizado el privilegio otorgado por el panel de forma intencionada en su propio beneficio y de forma contraria al Derecho.[/font][/size][/color]

[color=#000000][size=3][font=UICTFontTextStyleBody]7. Constatar, asimismo, que el delito de apropiación indebida es adecuado a este caso, por haber quedado demostrado que el acusado, haciendo uso de artimaña, se apropió de parte del capital económico que legítimamente correspondía a otro, en este caso, al Estado, causando un perjuicio económico al erario público en beneficio propio, cumpliéndose así los requisitos del delito de estafa, pero añadiéndose además los requisitos expresamente propios del delito de apropiación indebida, por estar dichos capitales bajo su guarda, en calidad de Presidente de la República, pero sin poder disponer de ellos para ese fin.[/font][/size][/color]

[color=#000000][size=3][font=UICTFontTextStyleBody]8. Declarar la inadecuación del delito de estafa, en coherencia con lo señalado en el párrafo anterior y con la doctrina de la mutación sobre el delito de estafa establecida en esta misma sentencia.[/font][/size][/color]

[color=#000000][size=3][font=UICTFontTextStyleBody]9. Establecer la ‘doctrina de la taza y media’ para la fijación de multas en hechos delictivos que revistan carácter de delitos contra el patrimonio. Nos, en virtud del deber de impartir justicia, hemos acudido a las fuentes de sabiduría filosófica formal en busca de una definición universalmente adecuada del término reparación, y no la hemos hallado. Hemos acudido, pues, a los hechos, dichos y costumbres de la sabiduría popular, y ahí la hemos hallado. Siguiendo pues el refranero español, cuando afirma que “al que no quiere taza, taza y media”, podemos disponer que el resarcimiento de fondos en los delitos contra el patrimonio debe corresponderse a la multiplicación de los fondos ilegítimamente dispuestos por un factor de 1,5. Es necesario completar este principio, advirtiendo que la mera devolución no constituye reparación ni resarcimiento, por cuanto es preciso también compensar la incapacidad de disposición de los agraviados durante el tiempo que los perjuicios de dicho agravio siguen produciéndose materialmente.[/font][/size][/color]

[color=#000000][size=3][font=UICTFontTextStyleBody]10. Establecer la ‘doctrina de la generalidad’ en la aplicación de multas como penas, al afirmar que la interposición de sanciones de carácter económico, como castigo por delitos no estricta y generalmente ligados a hechos delictivos financieros, aun cuando pudieran estarlo en casos particulares, contradice los principios de reparación y rehabilitación establecidos para todas las penas en el artículo 4.3 del Código Penal, entendiéndose por tal, el carácter no punitivista de aplicación de las mismas. Este principio, en cambio, no puede aplicarse a los casos de rebeldía procesal, cuyo objeto es de naturaleza esencialmente punitivista.[/font][/size][/color]

[color=#000000][size=3][font=UICTFontTextStyleBody]11. Advertir que, como se afirma en la conversación pública transcrita por la parte pasiva, no procede aplicar agravante por abuso de poder en los casos, como este, en que el presunto delito requiere necesariamente de poder político y/o fáctico para llevarse a cabo. El caso contrario supondría la doble pena por los mismos hechos, proscrita por el principio non bis in idem del Derecho penal.[/font][/size][/color]

[color=#000000][size=3][font=UICTFontTextStyleBody]Habida cuenta de las cuestiones recientemente resueltas, se procede a resolver el caso, disponiendo lo siguiente:[/font][/size][/color]

[color=#000000][size=3][font=UICTFontTextStyleBody]1. DECLARAR al acusado culpable de los delitos de prevaricación y apropiación indebida.[/font][/size][/color]

[color=#000000][size=3][font=UICTFontTextStyleBody]2. ORDENAR el cese, tan pronto como adquiera firmeza la sentencia, de D. @SLY, como Presidente de la República.[/font][/size][/color]

[color=#000000][size=3][font=UICTFontTextStyleBody]3. ESTABLECER para el acusado, y para ambos delitos en conjunto, una inhabilitación para el ejercicio de cargo público de 56 días u 8 semanas, y de empleo público de 7 días o 1 semana, a contar desde el preciso momento en que la presente sentencia adquiera firmeza.

4. ESTABLECER una multa, pagadera por el acusado, para ambos delitos en conjunto, equivalente al monto ilegítimamente apropiado multiplicado por un factor de (1,5), en coherencia con la doctrina de la taza y media, haciendo un total de 2640 :moneda:, liquidables en pago único tan pronto como adquiera firmeza esta sentencia.

5. ESTABLECER para el acusado, y para ambos delitos en conjunto, una inhabilitación fiscal de 14 días o 2 semanas, a contar desde el preciso momento en que la presente sentencia adquiera firmeza.[/font][/size][/color]

[color=#000000][size=3][font=UICTFontTextStyleBody]6. COMUNICAR la publicación de este fallo a la ciudadanía de la República de Pol, y a los interesados, particularmente al Fiscal General D. @Byzantium y al Presidente D. @SLY[/font][/size][/color]

221788 Anders
+2

#[color=#000000][size=3][font=UICTFontTextStyleBody]Por la deferencia debida a este tribunal, ninguno de los presentes abandonará la sala sin haber escuchado las observaciones pertinentes del tribunal acerca de los hechos juzgados aquí. Tras su lectura, se procederá a levantar sesión en este proceso.[/font][/size][/color]

[color=#000000][size=3][font=UICTFontTextStyleBody]Puedo acreditar una extensa experiencia en el ejercicio de cargos públicos en los distintos países de VirtualPol, también en el Poder Judicial. Jamás me he tomado la licencia de hacer consideraciones aparte en casos resueltos por mí, sobre todo por meras preferencias estéticas. Estéticamente, siempre me he decantado por ser, siquiera en mi cabeza, un frío funcionario de traje gris y mirada adusta.[/font][/size][/color]

[color=#000000][size=3][font=UICTFontTextStyleBody]Naturalmente, esto contrasta con otros aspectos de mi experiencia, más caóticos, generalmente asociados al ejercicio de funciones ejecutivas como Presidente. No recuerdo haber cometido nunca apropiación indebida, ni haberme agenciado cosas que no eran mías, pero sí he prevaricado, sobornado, concedido favores y hecho todo tipo de tropelías con el mero objetivo de amasar poder. Acumular moneditas, en cambio, nunca me ha interesado especialmente.[/font][/size][/color]

[color=#000000][size=3][font=UICTFontTextStyleBody]Todo esto es para decir, personalmente, que no creo que [url=https://pol.virtualpol.com/perfil/SLY][color=#e4af0a]@[font=UICTFontTextStyleEmphasizedBody][b]SLY[/b][/font][/color][/url] deba dejarse llevar por las emociones de frustración y rabia que le puedan provocar la sentencia que se ha dictado. Si cometes un delito, tienes que pagar las consecuencias cada vez que lo hagas y te pillen. En este caso, te han pillado con el carrito del helado, con las manos en la masa (el español es una lengua rica, llena de expresiones en ese sentido). Pero, si en vez de autoeliminarte y huir, aceptas las consecuencias de tus actos como una persona responsable, puede que descubras que puedes resarcirte moral y socialmente aportando algo útil a VirtualPol, sin excederte, sin ir más allá de lo que permiten las leyes que nos sirven para convivir.[/font][/size][/color]

[color=#000000][size=3][font=UICTFontTextStyleBody]Una inhabilitación es un tiempo precioso que puedes dedicar a estudiar unas leyes que, aunque sin duda imperfectas y mejorables, te pueden ayudar a ser un participante funcional de esta plataforma. O lo puedes dedicar a aceptar las críticas como la consecuencia natural de ser parte de un juego basado en la política. Incluso, lo puedes dedicar a construir relaciones sólidas y ver más allá de los paneles y la autoridad.[/font][/size][/color]

[color=#000000][size=3][font=UICTFontTextStyleBody]Si me lo permites, creo que yéndote no vas a conseguir nada. VirtualPol seguirá su curso independientemente de si tú, o yo, o cualquiera de las buenas gentes que habitan esta tierra, están o no. Los posibles beneficios de quedarte, en cambio, son principalmente para ti y, si trabajas bien, quizás un poco para los demás.[/font][/size][/color]

[color=#000000][size=3][font=UICTFontTextStyleBody]Es todo.[/font][/size][/color]

221788 Anders
+0

#Se levanta la sesión.

1  2  3

Para poder participar en esta conversacion has de registrar tu ciudadano

Más hilos

[Parlamento] 3ª Reforma Constitucional, Elecciones al Parlamento: Arzakon [PRP], Residencia de la Familia Poniente-Bribón, Cigüeñería Castrense de la Orden de Horse, BPA Empresas, nueva cuenta para empresas con cargo mínimo, Sobre el procedimiento legal, Decreto de Sevicios Privados al Estado, [Pruebas varias] Este es un hilo de prueba, Fatal Error al registrarse, Intrusos misteriosos en la habitación de Eduardo,