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[Parlamento] 3ª Reforma Constitucional[b]Proyecto de reforma Constitucional[/b][b]Exposición de motivos[/b] La presunción de inocencia y los derechos a ser asistido por un letrado, a ser informados sobre la acusación que pesa contra ellos, así como no declarar contra sí mismos supone un derecho lo suficientemente importante como para ser recogido en la Carta Magna de nuestro país. [b]Artículo primero[/b] Se propone la modificación del Título IV: Carta de Derechos y Deberes para modificar y añadir el siguiente derecho: « h) Derecho a huelga y a militar en un sindicato, cuya forma legal, competencias y funcionamiento se rijan por una Ley de Sindicatos. x) Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión. Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia. La ley regulará los casos en que, por razón de parentesco o de secreto profesional, no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos. » [b]Artículo segundo[/b] El artículo 18 queda redactado como sigue: « El derecho a voto en el Parlamento es exclusivo de los Diputados. Todos los ciudadanos tienen derecho a voz. El derecho de propuesta puede ser ejercido por todos los ciudadanos de Pol a través de sus Diputados, que están obligados a publicar sus propuestas en el Parlamento. » [b]Disposición final única[/b] La presente reforma del Título IV entrará en vigor el mismo momento de su publicación. |
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1 2 3 Orden: Fecha | Votos 28 mensajes en este hilo creado hace . | |||
| #Supongo que a favor, pero si se tiene en mente alguna otra modificación constitucional ha de hacerse ahora y no esperar más. Los ciudadanos no pueden estar sometidos a un constante bombardeo de referendos constitucionales y cuestiones sobre su forma de estado. | ||
| #@biol201 y @David18 | ||
| #¿Podríamos dejar la Constitución tranquila un rato? :roto2: | ||
| #Agradezco a @Eltomash que me haya invitado junto al fiscal. Creo que es una parte importante que efectivamente tiene que estar recogida en la carta magna. Aunque lo de que se tiene derecho a un juez predeterminado por la ley no está bien redactado, debería ser juez ordinario. Sea como fuere, yo tomaría la real: | ||
| #@Byzantium | ||
| #@byzantium tiene toda la razón del mundo. | ||
| #[quote=David18] Agradezco a @Eltomash que me haya invitado junto al fiscal. Creo que es una parte importante que efectivamente tiene que estar recogida en la carta magna. Aunque lo de que se tiene derecho a un juez predeterminado por la ley no está bien redactado, debería ser juez ordinario. Sea como fuere, yo tomaría la real: | ||
| #A favor de esto también. | ||
| #Coincido en que todos los ciudadanos han de poder entrar en esta, su casa, y proponer cuanto les venga en gana sean o no Presidentes. | ||
| #Siendo tres diputados, y bastante activos, no veo razón de ser en crear una comisión de nada. Si los señores diputados quieren hacer una reforma de la Constitución a fondo en lugar de ir parcheándola cada dos días, se puede hacer en el pleno ordinario del Parlamento perfectamente. | ||
| #Si a los señores diputados les parece bien, doy un plazo de 48 horas, a contar a partir de ahora, para que se proponga cualquier cambio constitucional extra que se quiera añadir a esta reforma. El plazo es de 48 horas porque entiendo que estamos en domingo de elecciones. | ||
| #Ayer @david18 y algun ciudadano mas @lector creo debatíamos sobre la idea de ampliar el parlamento de 3 a 5 diputados. | ||
| #Me parecería bien, y empieza a ser el momento de hablarlo, pero la Constitución establece un mínimo de 3, ampliable en la Ley del Parlamento. No veo necesario aplicarlo como un cambio constitucional. ¿O lo que sugieres es subir el límite inferior a 5? | ||
| #Estoy con Arza, la Constitución otorga al Parlamento el poder de decidir por sí mismo en número de diputados de la cámara de forma autónoma. | ||
| #No lo había visto de esa forma. Suena legal, nos ahorramos una reforma. | ||
| #Pido al ponente inicial de la propuesta, al sr. @Eltomash, que modifique su propuesta para incluir el nuevo redactado del artículo 18, además de su propuesta inicial: | ||
| #Hecho, Presi. | ||
| #Si queréis cambiar lo de "derecho a voz por sí mismos" y poner "derecho a voz", para así asegurar el valor de la LdP, es buen momento ahora | ||
| #Me parece un buen punto. | ||
| #Hecho, Byz. | ||
| #Si vamos a hacer una reforma constitucional propongo incluir la siguiente modificación en la carta de derechos: | ||
| #A favor, aunque el derecho a sindicarse ya pertenece al derecho a libre asociación. | ||
| #No está mal especificarlo, supongo. Se añade el punto h) a la carta de derechos. Alguna cosa mas, antes de pasar esta reforma constitucional a votación parlamentaria? | ||
| #Por mi se pueden votar las tres o cuatro cosas ya. Debería ser la última reforma | ||
| #Todo el documento del OP actualizado. Votamos cuando queráis. | ||
| #Se pasa a votación. | ||
| #Queda aprobada a nivel parlamentario por unanimidad. | ||
| #Queda refrendada. |
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