POL

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[Parlamento] Propuesta de nueva constitución

Estimados compañeros de esta noble y digna cámara. Me alegra enormemente traer ante vosotros esta nueva constitución que espero que entre todos podamos sacar adelante:

https://pol.virtualpol.com/doc/constitucion-de-pol-v2.0

Paso a detallar los principales cambios con respecto a la actual constitución:

- El título de derechos y deberes de los poleses ha sido movido de la parte final de la constitución al principio de la misma y los mismos han sido ampliados y debidamente explicados. Creo que el actual título de derechos es una amalgama sin mucho sentido que apenas tiene significado tal como está expuesto. Estos nuevos derechos han sido copiados y adaptados de la constitución española.

- El parlamento tiene ahora la potestad de convocar una moción de censura contra el presidente, que deberá ser aprobada por una mayoría absoluta de los parlamentarios y en referendum por la población. Es una herramienta que espero que no haya que usar pero que puede venir bien para expulsar a presidentes que estén haciendo barbaridades o simplemente a presidentes inactivos. Seguramente haya que añadir algún mecanismo al sistema para permitir "dimitir" a un candidato que se niegue, tengo que ver como hacerlo. Aparte de este mecanismo se crea la figura de Ley Orgánica que requiere una mayoría absoluta en lugar de una mayoría simple.

- El poder ejecutivo pierde algunas capacidades, como las de crear arbitrariamente subvenciones e impuestos a placer, estas deberán ser creadas por Ley y lo que si mantiene el gobierno es la capacidad de regularlas, es decir, el parlamento podrá crear una nueva subvención a los pelirrojos pero es decisión del gobierno el dotar o no de dinero a dicha subvención. Creo que es una buena medidad para que el gobierno y el parlamento estén en conversaciones constantes. Además de esto el gobierno gana la capacidad de vetar, una vez por legislatura, una ley emitida por el parlamento y se establece el mecanismo para poder aprobar leyes vetadas.

- Se incluye un título relativo al Rol en el que se consagra la creación de un Rey y se reconoce la existencia de las distintas casas nobles. En este título todavía tengo que trabajar un poco por que quiero establecer el mecanismo por el que se elige al Rey. Como se puede ver el Rey no será eterno si no que tendrá un mandato limitado al final del cual morirá y además hay un par de mecanismos para "retirar" a un Rey inactivo.

- Por último decir que se ha maquetado la constitución para que tenga un mejor aspecto y más uniforme.

Se que la parte del ejecutivo y del rol serán las más puñeteras, pero me gustaría que debatieramos el tema antes de votar simplemente que no sin dialogar. Como se que hay bastante gente en contra del rol me gustaría que se significaran aquí y dijeran exactamente por que están en contra a ver si entre todos podemos llegar a un acuerdo.

Dicho esto invito a toda la ciudadanía al debate y procedo a notfiicar a los activos de las últimas 48 horas:

@Onii_Chan
@sanandreas
@Abascal
@Lector
@Sil
@Theomore
@Eltomash
@Byzantium
@biol201
@Histor
@Alphavile
@GONZO
@Lucho1207
@Palau
@sir
@Chiribito
@Kokemix
@Adam_Smith
@Zokaar
@Anders
@Shrewd
@Napalm

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201660 biol201
+1

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Con respecto al tema de destitución de jueces y magistrados me parece que no es necesario incluir un mecanismo de destitución en el que intervengan el resto de poderes, lo que por cierto amenaza la independencia del poder judicial pues podría ser que el resto de poderes intentasen eliminar a un juez "molesto". Así mismo según la propuesta el art.36.2 ya establece que debe haber un mecanismo de ratificación mensual de los jueces supremos y de paz por lo que, de hecho, es el propio pueblo polés en su conjunto quien realiza ese control, por lo que el PJ, al igual que el resto de poderes, se haya fiscalizado en sus labores por el propio pueblo Polés.

Una vez dicho esto, y ya hablando como ciudadano particular, estoy totalmente en contra de las menciones que se hacen en el rol de la constitución; si finalmente se hace alguna mención al rol más allá de que "se garantiza la libertad de los ciudadanos a participar libremente en el rol" votaré en contra de esta constitución.

221993 Chiribito
+0

#[quote=biol201]

Con respecto al tema de destitución de jueces y magistrados me parece que no es necesario incluir un mecanismo de destitución en el que intervengan el resto de poderes, lo que por cierto amenaza la independencia del poder judicial pues podría ser que el resto de poderes intentasen eliminar a un juez "molesto". Así mismo según la propuesta el art.36.2 ya establece que debe haber un mecanismo de ratificación mensual de los jueces supremos y de paz por lo que, de hecho, es el propio pueblo polés en su conjunto quien realiza ese control, por lo que el PJ, al igual que el resto de poderes, se haya fiscalizado en sus labores por el propio pueblo Polés.[/quote]

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[quote=biol201]Una vez dicho esto, y ya hablando como ciudadano particular, estoy totalmente en contra de las menciones que se hacen en el rol de la constitución; si finalmente se hace alguna mención al rol más allá de que "se garantiza la libertad de los ciudadanos a participar libremente en el rol" votaré en contra de esta constitución.
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Me parece que esto sobra. Creo que lo más productivo es que aportemos ideas u opiniones con contenido, y no frases como si dice tal o no dice cual voto en contra, porque aparte de no aportar nada, supone influenciar en los legisladores para que legislen en uno u otro sentido so pena de ganar o perder x votos.

No creo que la mención que esta constitución hace del rol suponga un problema para nadie. Quien quiera jugar que juegue. Quien pase de participar que no lo haga. ¿Cuál es el problema?

En cuanto a votar, que cada cual vote en conciencia cuando llegue el momento y ya está.

No sé pq la gente le tiene tan manía al rol. No nos dejan ni levantar la cabeza. :|

201660 biol201
+3

#A mí me parece perfecto si queréis rolear Chiribito; lo que pasa es que no creo que la Constitución, cuya función básica debe ser la de ser una norma en la que se regule los poderes básicos del estado y los derechos fundamentales de los ciudadanos, sea el texto adecuado para incluir la regulación de una cuestión ajena a esas materias; es como si por ejemplo en la Constitución Incluimos también el Código Penal o el Código Civil, es algo que choca frontalmente con la naturaleza básica de los textos constitucionales.

224206 Lector
+0

#No creo que poder destituir a un juez por parte del resto de poderes, con mecanismos de mayoría notables (recuerdo que propongo que la destitución deba ser a propuesta del ejecutivo y por mayoría de dos tercios del legislativo), constituya una amenaza a la independencia del poder judicial. La independencia de un poder no implica que no pueda, y de hecho deba, ser controlado por el resto de poderes del Estado. Lo contrario es, precisamente, contrario a los mecanismos necesarios de control.

En cualquier caso tampoco es una cuestión que me importe en demasía. Retiro así mi propuesta original, aunque me gustaría proponer que, de forma similar a Estados Unidos (habida cuenta de que parece que queremos tender hacia un modelo presidencial clásico como es el estadounidense), la entrada a la carrera judicial se produzca por oposiciones, como actualmente, y que convertirse en Magistrado se produzca a propuesta del ejecutivo y por mayoría de dos tercios del Parlamento. Esto casi es la contrapartida, en términos positivos de nombramiento en lugar de en términos negativos de destitución, de mi propuesta original.

Respecto al rol, estoy totalmente de acuerdo a lo expresado por Chiribito.

221993 Chiribito
+1

#[quote=biol201] A mí me parece perfecto si queréis rolear Chiribito; lo que pasa es que no creo que la Constitución, cuya función básica debe ser la de ser una norma en la que se regule los poderes básicos del estado y los derechos fundamentales de los ciudadanos, sea el texto adecuado para incluir la regulación de una cuestión ajena a esas materias; es como si por ejemplo en la Constitución Incluimos también el Código Penal o el Código Civil, es algo que choca frontalmente con la naturaleza básica de los textos constitucionales. [/quote]

Pero es que ese texto si establece un poder constitucional para el rey, como figura moderadora del rol, y define su elección y su función del mismo modo que se definen la elección y función de los miembros del ejecutivo, del legislativo y del judicial. Por tanto, yo lo veo perfectamente apropiado que se mencione.


+1

#@biol201 me encantaría que pudiéramos discutir este tema tranquilamente, no veo que la inclusión de la posibilidad de interpretar un rol dentro de la constitución pueda hacer ningún daño, sería un cuarto poder que solo afectaría a aquellos que así lo quieran.

Si te ciertas en banda a aprobar nada solo por esto no vamos a avanzar nunca, creo que podemos probar a ver qué pasa y si de verdad no aporta nada o impide de alguna forma el correcto funcionamiento de la plataforma siempre podremos eliminarlo

221993 Chiribito
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#[quote=kendel] @biol201 me encantaría que pudiéramos discutir este tema tranquilamente, no veo que la inclusión de la posibilidad de interpretar un rol dentro de la constitución pueda hacer ningún daño, sería un cuarto poder que solo afectaría a aquellos que así lo quieran.

Si te ciertas en banda a aprobar nada solo por esto no vamos a avanzar nunca, creo que podemos probar a ver qué pasa y si de verdad no aporta nada o impide de alguna forma el correcto funcionamiento de la plataforma siempre podremos eliminarlo [/quote]

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224206 Lector
+0

#Recuerdo que ha salido esto por aquí:

https://pol.virtualpol.com/votacion/6757

A ver si a lo largo de hoy y mañana me da tiempo a hacer una redacción que incluya una propuesta de modelo parlamentario arcadio.

201660 biol201
+2

#[quote=kendel] @biol201 me encantaría que pudiéramos discutir este tema tranquilamente, no veo que la inclusión de la posibilidad de interpretar un rol dentro de la constitución pueda hacer ningún daño, sería un cuarto poder que solo afectaría a aquellos que así lo quieran.

Si te ciertas en banda a aprobar nada solo por esto no vamos a avanzar nunca, creo que podemos probar a ver qué pasa y si de verdad no aporta nada o impide de alguna forma el correcto funcionamiento de la plataforma siempre podremos eliminarlo [/quote]

Pero es que todo esto del rol ya se ha intentado, es más, en los últimos años llevamos más tiempo con un modelo de rol que con uno de simulador (el sistema de simulación actual lleva apenas unos meses funcionando). Reitero que no creo que el rol deba tener un papel constitucional alguno, si vosotros queréis rolear, adelante, ¿qué ganáis con poner en la Constitución el tema del rol si realmente no queréis molestar al resto que no queremos? Dices que si molesta se puede quitar, pero la verdad es que luego este tipo de modificaciones son lentas y difíciles como la última vez...

Ahora mismo tenemos una economía que más o menos funciona, si realmente queremos un cambio constitucional creo que este debe centrarse en hacer el poder ejecutivo un puesto deseable e, igualmente, impulsar la actividad del parlamento para evitar que caiga en la inactividad como ha pasado tantas cosas en momentos pasados...

Con respecto al Poder Judicial si queréis cambiar el sistema de nombramiento/revocación creo que habría que aumentar las garantías de alguna forma y, si no, creo que el sistema actual es aceptable.

203938 Byzantium
+0

#Fruto de una conversación en el chat, se nos ocurre a @Theomore y a mi crear la posibilidad de una "Ley de Transferencia de competencias". Esta ley vendría a permitir al presidente o al parlamento modificar de mutuo acuerdo algunas de sus competencias de forma que el parlamento pudiese quizá establecer alguna materia económica o el presidente pudiera recibir alguna nueva capacidad. También puede entrar en juego el poder local del mapa.

Nótese que el parlamento ya de por si tiene la competencia de dar poderes al presidente, pero no al revés.

Propongo, título tercero, sección SEGUNDA:

Artículo 33: Transferencia de Competencias:

1. Una Ley podrá transferir competencias adicionales al Presidente y viceversa, de forma que, fruto del mutuo acuerdo entre estos poderes, una parte de las competencias o materias constitucionalmente establecidas para un poder recaigan sobre el otro.
2. El Parlamento no podrá ceder la potestad de promulgar, modificar o derogar normas con rango de Ley, ni cualquier tipo de competencia que adultere la administración de la Justicia, ni permita restricciones adicionales y severas a los derechos fundamentales.
3. Para la aprobación de esta Ley se requieren al mismo tiempo una mayoría simple de los diputados y el voto positivo del Presidente.
3. Tras un proceso electoral, el Gobierno electo tiene la potestad de derogar esta Ley.

@Lector @Chiribito @Biol201 @Onii_Chan @Eltomash @Kendel @Histor

Esto quiere ser una manera de permitir al Parlamento regular alguna cosita que tenga que ver con las empresas o con el dinero sin que haya debates sobre la constitucionalidad del último céntimo, mientras el gobierno esté de acuerdo.


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