En aplicación de la Ley del Parlamento pido al Presidente del Parlamento, D. @Eltomash, que apruebe la creación de una comisión permanente constitucional, encargada del estudio y debate de posibles reformas constitucionales. La Constitución es la columna de nuestro ordenamiento jurídico democrático y como tal, exige de un mecanismo de revisión constante que permita mantener la Carta Magna actualizada.
Considero que el Parlamento puede habilitar este espacio en forma de Comisión, dónde diputados; Gobierno, personalidades del mundo jurídico y ciudadanos comenten y sugieran enmiendas, cambios y mejoras de nuestro texto constitucional, siempre que sea oportuno.
Por otro lado; le pido al Presidente del Parlamento que nombre un vocal y un secretario en esta comisión.
Aprovecho para preguntar al Presidente de la República, @Dunkelzahn, si cree en la conveniencia de una mesa de diálogo en esta comisión para que ambos poderes, Ejecutivo y Legislativo, discutan sobre cómo mejorar el funcionamiento de nuestras instituciones en Pol.
#Esta comisión parlamentaria queda compuesta y nombro:
- Al ilustre diputado @Theomore [b]secretario[/b] cuyas funciones comportan: redactar y proponer reformas, así como requerir y pedir información y documentación a las Administraciones Públicas, requerir la presencia del Gobierno, y citar a ciudadanos de Pol a comparecer ante la cámara.
- Al ilustre diputado @Abascal [b]vocal[/b] cuyas funciones comportan: comunicar a la ciudadanía los progresos de las reformas, así como las propuestas de esta comisión.
- A mí mismo, @Eltomash , [b]Presidir[/b] y moderar dicha comisión.
Así mismo esta comisión tendrá el carácter de permanente y se nombrará "Comisión parlamentaria constitucional"
Nota: ante los últimos bugs no es posible poner [Parlamento] en los hilos, por lo que poner Parlamento, seguido del pleno o comisión queda facultado in tempore.
#A mí me gustaría iniciar el debate con una propuesta:
[b]Incluir en la constitución la figura del decreto-ley[/b]
Seamos sinceros: muchas veces el Presidente desea hacer cambios o proponer cosas muy interesantes, pero que invaden algunas competencias parlamentarias.
Al final: 1) tiene que retirar la propuesta; 2) se la pueden tumbar en un tribunal; 3) el Parlamento vota en contra por invadir competencias.
Con la figura del Decreto-Ley el Presidente puede proponer un decreto (por ejemplo, la privatización de la Educación) que altere o derogue algún articulado de otra Ley, mediante un decreto convalidado en el Parlamento.
Me gustaría saber qué opinan sus señorías y el Presidente.
#Nope. Atenta contra la separacion de poderes. ¿Cómo va a poder el Ejecutivo enmendar la plana a una Ley vía decreto? No me parece bien. Si el decreto se tumba en un tribunal es porque una norma superior le va en contra. Si una iniciativa parlamentaria iniciada por el Gobierno no tiene soportes parlamentarios, se retira o se rechaza, sea el Gobierno o quien sea que la presenta.
Si acaso, la propia Ley podría prever momentos y circunstancias en las que el Ejecutivo pudiera hacer eso (tipo un Estado de Alarma o similar).
#Propongo modificar el artículo 11 de la Constitución.
Este es el artículo actual:
[Quote]Artículo 11.- En la República del Pol opera la separación de poderes. La posesión de un cargo en un poder del Estado es incompatible con la posesión de un cargo en cualquier otro.[/quote]
Este es el artículo que propongo:
[quote]Artículo 11.- En la República de Pol opera la separación de poderes. La posesión de un cargo en un poder del Estado es incompatible con la posesión de un cargo en cualquier otro.[/quote]
Dado que la reforma es nimia considero oportuno que los señores diputados se pronuncien a la mayor brevedad posible. @Theomore @Abascal
No obstante, estimado D. @Eltomash, demos como mínimo 24 horas para que todo el mundo pueda participar, como recomienda el Ministerio Fiscal en su más reciente informe público: https://pol.virtualpol.com/foro/justicia/sede-del-ministerio-fiscal-de-pol#m-4351
#[quote=Eltomash] Propongo modificar el artículo 11 de la Constitución.
Este es el artículo actual:
[Quote]Artículo 11.- En la República del Pol opera la separación de poderes. La posesión de un cargo en un poder del Estado es incompatible con la posesión de un cargo en cualquier otro.[/quote]
Este es el artículo que propongo:
[quote]Artículo 11.- En la República de Pol opera la separación de poderes. La posesión de un cargo en un poder del Estado es incompatible con la posesión de un cargo en cualquier otro.[/quote]
Dado que la reforma es nimia considero oportuno que los señores diputados se pronuncien a la mayor brevedad posible. @Theomore @Abascal [/quote]
Solo para entender la medida, se puede especificar el cambio? Veo los dos redactados idénticos...